Acuerdo de Alcance Parcial (AAP)

Acuerdos de la ALADI en los que no participan la totalidad de los países miembros. Los derechos y obligaciones que se establezcan en los acuerdos de alcance parcial regirán exclusivamente para los países miembros que los suscriban o que a ellos adhieran (Art. 7 - TM 80). Podrán ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del comercio o adoptar otras modalidades de conformidad con el artículo 14 del TM80 (Art. 8 TM 80).

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